ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 101/2019. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 3 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: DANIELA CARRASCO BERGE Y FERNANDO
Fecha: 10-Jun-2022
Capítulo Iii De Los Sistemas Locales De Archivos
"Artículo 70. Cada entidad federativa contará con un sistema local, el cual será el conjunto orgánico y articulado de estructuras, relaciones funcionales, métodos, normas, instancias, instrumentos, procedimientos y servicios tendientes a cumplir con los fines de la organización y conservación homogénea de los archivos de los sujetos obligados dentro de su jurisdicción."
"Artículo 71. Las leyes de las entidades federativas regularán los sistemas locales, los cuales contarán con un Consejo Local, como órgano de coordinación.
"Asimismo, se deberá prever la creación de un Archivo General como la entidad especializada en materia de archivos. Su titular deberá tener nivel de subsecretario, titular de unidad administrativa o su equivalente.
"En los Consejos Locales participarán los Municipios y las alcaldías de la Ciudad de México, según corresponda, en los términos de la legislación de cada entidad federativa.
"El cumplimiento de las atribuciones de los Consejos Locales estará a cargo de los archivos generales o las entidades especializadas en materia de archivos a nivel local, según corresponda.
"Las leyes de las entidades federativas desarrollarán la integración, atribuciones y funcionamiento de los Sistemas locales equivalentes a las que esta ley otorga al Sistema Nacional."
"Artículo 72. Los Consejos Locales adoptarán, con carácter obligatorio, en el ámbito de sus respectivas competencias, las determinaciones del Consejo Nacional, dentro de los plazos que éste establezca.
"Los Consejos Locales, con base en las determinaciones que emita el Consejo Nacional, publicarán en las gacetas o periódicos oficiales de las entidades federativas, las disposiciones que sean necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en la ley."
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causales De Improcedencia
- Vi Precisión De La Litis
- Vii Consideraciones Y Fundamentos
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Tratamiento De La Documentación Original Y Cumplimiento De La Ley
- Artículo Informe Anual
- Tema Conceptos Relacionados Con El Parámetro De Regularidad En Materia De Archivos
- Establecer Como Órgano De Coordinación A Un Consejo Local
- Prever Los Términos Para La Participación De Los Municipios O Alcaldías En Los Consejos Locales
- Tema Integración Del Consejo Estatal De Archivos
- Tema Atribuciones Del Órgano De Gobierno Del Archivo Estatal
- Iii Emitir Los Lineamientos Para El Funcionamiento Del Consejo Técnico
- Xvi Vigilar La Situación Financiera Y Patrimonial Del Archivo General
- Tema Integración Del Órgano De Gobierno Del Archivo Estatal
- Tema Falta De Equivalencia En Los Requisitos De Elegibilidad Para Ser Director General
- Ser Ciudadano Mexicano Por Nacimiento
- Tener Cuando Menos Treinta Años Al Día De La Designación
- Ser Ciudadano Mexicano
- No Haber Sido Condenado Por La Comisión De Algún Delito Doloso
- Tema Nivel Jerárquico Del Director General Del Archivo Estatal
- Tema Declaratorias De Patrimonio Documental De La Entidad Federativa
- Tema Versiones Facsimilares O Digitales De Los Archivos Privados De Interés Público
- Por Su Parte La Lgra Estableció Al Respecto Lo Siguiente
- Establecen Siete Supuestos De Infracciones Administrativas
- Prevén Las Multas Que Podrán Imponerse Así Como Los Criterios Para Su Individualización
- Viii Efectos
- Se Resuelve
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo
- Véase Supra Nota
- Ley General De Transparencia
- Artículo Son Atribuciones Del Pleno Las Siguientes
- Ley Federal De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
- Artículo Las Funciones Del Comisionado Presidente Son Las Siguientes
- Artículo La Dirección General De Asuntos Jurídicos Tendrá Las Siguientes Funciones
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- V Cuando Hayan Cesado Los Efectos De La Norma General O Acto Materia De La Controversia
- Xxii Las Demás Que Les Confieran Esta Ley Y Otras Disposiciones Aplicables Énfasis Añadido
- Artículo Para Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Lga Publicada En El Diario Oficial De La Federación El Quince De Junio De Dos Mil Dieciocho
- Capítulo Iii De Los Sistemas Locales De Archivos
- Artículo Los Consejos Locales Tendrán Las Siguientes Atribuciones
- Ii Aprobar Criterios Para Homologar La Organización Y Conservación De Los Archivos Locales
- Artículo Consejo Estatal De Archivos
- Ix Un Representante De Cada Uno De Los Archivos Municipales
- Artículo Sesiones Del Consejo Estatal
- Artículo El Consejo Nacional Tiene Las Atribuciones Siguientes
- Son Atribuciones Del Consejo Estatal De Archivos
- Iii Las Demás Previstas En Otras Disposiciones Jurídicas Aplicables Énfasis Añadido
- Capítulo Único De La Administración Pública Paraestatal
- X Autorizar La Creación De Comités De Apoyo
- V Aprobar Los Programas Institucionales En Términos De La Normativa Aplicable En La Materia
- Vii Autorizar Las Erogaciones Necesarias Para El Cumplimiento Del Objeto Del Archivo General
- Artículo Integración Del Órgano De Gobierno
- Iii Un Secretario Ejecutivo Que Será El Director General Del Archivo General Del Estado
- E El Secretario De Fomento Económico
- H El Diputado Presidente De La Comisión De Transparencia Y Acceso A La Información
- Vii El Consejo Nacional De Ciencia Y Tecnología
- Artículo El Director General Además De Lo Previsto En La Ley Federal De Las Entidades
- Ii Establecer Las Políticas Y Lineamientos Generales Del Archivo General
- Artículo Presidente Del Órgano De Gobierno
- Estatuto Orgánico Del Archivo General De La Nación
- Artículo Son Objetivos De Esta Ley
- X Fomentar La Cultura Archivística Y El Acceso A Los Archivos
- Véase El Libro Primero Capítulo Iv Sobre La Capacitación Y Cultura Archivística
- Xvii Diseñar E Implementar Programas De Capacitación En Materia De Archivos
- Artículo Bis A La Secretaría De Cultura Corresponde El Despacho De Los Siguientes Asuntos
- Ley Orgánica De La Administración Pública Federal
- Capítulo Iii Del Director General
- I Ser Ciudadano Mexicano Por Nacimiento
- Iv Tener Cuando Menos Treinta Años De Edad Al Día De La Designación
- Artículo Requisitos De Elegibilidad
- I Ser Ciudadano Mexicano
- Iii No Haber Sido Condenado Por La Comisión De Algún Delito Doloso Y
- El Presidente Del Órgano De Gobierno Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Iii No Haber Sido Condenado Por La Comisión De Algún Delito Doloso
- Artículo Numeral De La Laec
- El Director General Tendrá Las Siguientes Facultades
- Vi Nombrar Y Remover A Los Servidores Públicos Del Archivo General Del Estado Y
- Artículo Atribuciones
- Artículo Emisión De Declaratoria
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Xxi Realizar La Declaratoria De Patrimonio Documental De La Nación
- Artículo Archivo General Del Estado
- Artículo Documentos Y Archivos Privados
- Se Consideran Infracciones A La Presente Ley Las Siguientes
- Ii Impedir U Obstaculizar La Consulta De Documentos De Los Archivos Sin Causa Justificada
- Artículo Infracciones Administrativas
- Artículo Criterios Para La Imposición De Sanciones
- Artículo Sanciones A Dueños De Archivos Privados
- Iii La Reincidencia En Su Caso De La Conducta Constitutiva De La Infracción
- Artículo Responsabilidades Civiles Y Penales
- Artículo Obligación De Los Sujetos Obligados En Materia De Consulta De Acervos
- Capítulo I De Las Faltas Administrativas No Graves De Los Servidores Públicos
- Viii Colaborar En Los Procedimientos Judiciales Y Administrativos En Los Que Sea Parte
- Capítulo Ii De Las Faltas Administrativas Graves De Los Servidores Públicos
- Capítulo Iii De Los Actos De Particulares Vinculados Con Faltas Administrativas Graves
- Capítulo Iv De Las Faltas De Particulares En Situación Especial
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener