ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 101/2019. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 3 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: DANIELA CARRASCO BERGE Y FERNANDO
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 101/2019. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 3 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: DANIELA CARRASCO BERGE Y FERNANDO

Fecha: 10-Jun-2022

En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández en contra de algunas consideraciones, Ríos Farjat apartándose de las consideraciones y con razones adicionales, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por razones distintas, respecto del apartado VII, relativo a las consideraciones y fundamentos, en su tema 2.2, denominado "Facultad exclusiva del presidente del Consejo Estatal para convocar a sesiones extraordinarias", consistente en declarar la invalidez del artículo 68, numeral 6, de la Ley de Archivos del Estado de Colima, expedida mediante el Decreto Núm. 108, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el catorce de agosto de dos mil diecinueve.

Se aprobó por mayoría de ocho votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández por razones adicionales y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VII, relativo a las consideraciones y fundamentos, en su tema 2.4, denominado "Integración del órgano de gobierno del archivo estatal", consistente en declarar la invalidez del artículo 73 de la Ley de Archivos del Estado de Colima, expedida mediante el Decreto Núm. 108, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el catorce de agosto de dos mil diecinueve. La señora Ministra Ríos Farjat y los señores Ministros Laynez Potisek y Pérez Dayán votaron en contra. La Ministra Ríos Farjat reservó su derecho de formular voto particular.

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa en contra de los párrafos del ciento ochenta y siete al ciento ochenta y nueve, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat con diversas consideraciones, Laynez Potisek, Pérez Dayán por diversas razones y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de la metodología, respecto del apartado VII, relativo a las consideraciones y fundamentos, en su tema 2.5, denominado "Falta de equivalencia en los requisitos de elegibilidad para ser director general", consistente en declarar la invalidez, en suplencia de la queja, del artículo 80, fracción III, de la Ley de Archivos del Estado de Colima, expedida mediante el Decreto Núm. 108, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el catorce de agosto de dos mil diecinueve. El señor Ministro Gutiérrez Ortiz Mena anunció voto concurrente.

Se aprobó por mayoría de diez votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa apartándose de los párrafos del doscientos diecisiete al doscientos veintiséis, Franco González Salas apartándose de las consideraciones, Aguilar Morales por consideraciones distintas, Pardo Rebolledo por consideraciones distintas, Piña Hernández en contra de las consideraciones, Ríos Farjat por otras consideraciones, Pérez Dayán en contra de algunas consideraciones y presidente Zaldívar Lelo de Larrea en contra de la metodología y del parámetro de regularidad constitucional, respecto del apartado VII, relativo a las consideraciones y fundamentos, en su tema 3, denominado "Concepto relacionado con el parámetro de regularidad en materia de responsabilidades administrativas", consistente en declarar la invalidez del artículo 101 de la Ley de Archivos del Estado de Colima, expedida mediante el Decreto Núm. 108, publicado en el Periódico Oficial de dicha entidad federativa el catorce de agosto de dos mil diecinueve. El señor Ministro Laynez Potisek votó en contra y anunció voto particular. El señor Ministro Aguilar Morales anunció voto concurrente.

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa por la aplicación adicional del artículo 118, párrafo último, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea por la aplicación adicional del artículo 118, párrafo último, respecto del apartado VIII, relativo a los efectos, consistente en: 1) aplicar directamente los artículos 66, numeral 6, y 110 de la Ley General de Archivos.

Se aprobó por unanimidad de once votos de las señoras Ministras y de los señores Ministros Gutiérrez Ortiz Mena, González Alcántara Carrancá, Esquivel Mossa, Franco González Salas, Aguilar Morales, Pardo Rebolledo, Piña Hernández, Ríos Farjat, Laynez Potisek, Pérez Dayán y presidente Zaldívar Lelo de Larrea, respecto del apartado VIII, relativo a los efectos, consistente en: 2) determinar que las declaratorias de invalidez decretadas en este fallo surtirán sus efectos a partir de la notificación de estos puntos resolutivos al Congreso del Estado de Colima.