ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 101/2019. INSTITUTO NACIONAL DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. 3 DE MAYO DE 2021. PONENTE: JUAN LUIS GONZÁLEZ ALCÁNTARA CARRANCÁ. SECRETARIOS: DANIELA CARRASCO BERGE Y FERNANDO
Fecha: 10-Jun-2022
Iv Legitimación
19. El artículo 105, fracción II, inciso h), de la Constitución Federal, otorga legitimación al organismo garante del artículo 6o. constitucional –INAI–, para promover acciones en contra de leyes de carácter federal y local, así como tratados internacionales celebrados por el Ejecutivo Federal y aprobados por el Senado, cuando considere que se vulnera el derecho al acceso a la información pública y la protección de datos personales.(12)
20. En este sentido, a partir de una lectura integral de la demanda, el INAI considera que las disposiciones impugnadas repercuten en las bases y principios para la protección, promoción, respeto y garantía del derecho de acceso a la información pública, pues en su argumentación advierte la estrecha relación entre las materias de archivos, transparencia y protección de datos personales a partir de la reforma constitucional de siete de febrero de dos mil catorce. De ahí que prima facie este Alto Tribunal advierte que sí existen planteamientos que, en caso de ser fundados, podrían impactar en el derecho humano mencionado.
21. Ahora bien, la ley reglamentaria en la materia establece que el actor comparecerá por conducto de los funcionarios que, en términos de las normas que los rigen, estén facultados para representarlo.(13)
22. En la especie, tanto el artículo 41, fracción VI, de la Ley General de Transparencia, como el artículo 35, fracción XVIII, de su homóloga federal, establecen la atribución del INAI para promover las acciones de inconstitucionalidad, en términos del artículo 105 constitucional, cuando así lo aprueben la mayoría de sus comisionados en el Pleno.(14)
23. La representación legal del INAI corresponde al comisionado presidente,(15) no obstante, dentro de su estructura interna, se establece la Dirección General de Asuntos Jurídicos, adscrita a su oficina.(16)
24. En ese sentido, el artículo 32 del Estatuto Orgánico, atribuye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos, la representación legal del INAI en asuntos jurisdiccionales, así como para rendir los escritos de demanda en las acciones de inconstitucionalidad, promover o desistirse, así como todas las acciones que a dichos juicios se refieren.(17)
25. De lo anteriormente reseñado, se advierte que para que el director general de Asuntos Jurídicos presente una demanda de acción de inconstitucionalidad, lo tendrá que hacer por instrucciones del Pleno del INAI, mediante un acuerdo aprobado por la mayoría de sus miembros.
26. Para satisfacer lo anterior, en sesión ordinaria celebrada el once de septiembre de dos mil diecinueve, los comisionados del INAI aprobaron por unanimidad la presentación de la demanda que nos ocupa. En lo que interesa, se acordó:(18)
"Segundo. Se instruye a la Dirección General de Asuntos Jurídicos que elabore el documento por el cual el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales, presenta acción de inconstitucionalidad ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en contra de la Ley de Archivos del Estado de Colima, publicada en el Periódico Oficial del Estado de Colima el catorce de agosto de dos mil diecinueve, de manera destacada, en contra de sus artículos 10, apartado 2, 23, 65, 68, numeral 6, 72, fracciones III, IV, V, VI, VII, VIII, IX, X, XI, XII, XIII, XIV, XV, XVI y XVII, 73, 80, 81, 84, numeral 3, 93 y 101." (énfasis añadido)
27. Así, el director general de Asuntos Jurídicos cuenta con la representación del INAI, ente legitimado, para promover la presente acción de inconstitucionalidad en contra de los artículos 10, numeral 2, 23, 65, 68, numeral 6, 72, fracciones III a XVII, 73, 80, 81, 84, numeral 3, 93 y 101, de la Ley de Archivos del Estado de Colima.
29. Por tanto, este Alto Tribunal considera que el director general de Asuntos Jurídicos no fue autorizado para impugnar los artículos 35, numeral 3, 49, numeral 5, 87 a 90, 92, numeral 1, y 97, numeral 2, contenidos en los conceptos de invalidez décimo a décimo tercero, por lo que debe sobreseerse respecto de dichos artículos.
30. Un criterio similar fue sustentado por la Primera Sala de este Alto Tribunal al resolver la acción de inconstitucionalidad 94/2017.(19)
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Iv Legitimación
- V Causales De Improcedencia
- Vi Precisión De La Litis
- Vii Consideraciones Y Fundamentos
- Artículo El Congreso Tiene Facultad
- Artículo Tratamiento De La Documentación Original Y Cumplimiento De La Ley
- Artículo Informe Anual
- Tema Conceptos Relacionados Con El Parámetro De Regularidad En Materia De Archivos
- Establecer Como Órgano De Coordinación A Un Consejo Local
- Prever Los Términos Para La Participación De Los Municipios O Alcaldías En Los Consejos Locales
- Tema Integración Del Consejo Estatal De Archivos
- Tema Atribuciones Del Órgano De Gobierno Del Archivo Estatal
- Iii Emitir Los Lineamientos Para El Funcionamiento Del Consejo Técnico
- Xvi Vigilar La Situación Financiera Y Patrimonial Del Archivo General
- Tema Integración Del Órgano De Gobierno Del Archivo Estatal
- Tema Falta De Equivalencia En Los Requisitos De Elegibilidad Para Ser Director General
- Ser Ciudadano Mexicano Por Nacimiento
- Tener Cuando Menos Treinta Años Al Día De La Designación
- Ser Ciudadano Mexicano
- No Haber Sido Condenado Por La Comisión De Algún Delito Doloso
- Tema Nivel Jerárquico Del Director General Del Archivo Estatal
- Tema Declaratorias De Patrimonio Documental De La Entidad Federativa
- Tema Versiones Facsimilares O Digitales De Los Archivos Privados De Interés Público
- Por Su Parte La Lgra Estableció Al Respecto Lo Siguiente
- Establecen Siete Supuestos De Infracciones Administrativas
- Prevén Las Multas Que Podrán Imponerse Así Como Los Criterios Para Su Individualización
- Viii Efectos
- Se Resuelve
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Cuarto
- En Relación Con El Punto Resolutivo Quinto
- Artículo La Suprema Corte De Justicia Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo
- Véase Supra Nota
- Ley General De Transparencia
- Artículo Son Atribuciones Del Pleno Las Siguientes
- Ley Federal De Transparencia Y Acceso A La Información Pública
- Artículo Las Funciones Del Comisionado Presidente Son Las Siguientes
- Artículo La Dirección General De Asuntos Jurídicos Tendrá Las Siguientes Funciones
- Artículo El Sobreseimiento Procederá En Los Casos Siguientes
- V Cuando Hayan Cesado Los Efectos De La Norma General O Acto Materia De La Controversia
- Xxii Las Demás Que Les Confieran Esta Ley Y Otras Disposiciones Aplicables Énfasis Añadido
- Artículo Para Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Lga Publicada En El Diario Oficial De La Federación El Quince De Junio De Dos Mil Dieciocho
- Capítulo Iii De Los Sistemas Locales De Archivos
- Artículo Los Consejos Locales Tendrán Las Siguientes Atribuciones
- Ii Aprobar Criterios Para Homologar La Organización Y Conservación De Los Archivos Locales
- Artículo Consejo Estatal De Archivos
- Ix Un Representante De Cada Uno De Los Archivos Municipales
- Artículo Sesiones Del Consejo Estatal
- Artículo El Consejo Nacional Tiene Las Atribuciones Siguientes
- Son Atribuciones Del Consejo Estatal De Archivos
- Iii Las Demás Previstas En Otras Disposiciones Jurídicas Aplicables Énfasis Añadido
- Capítulo Único De La Administración Pública Paraestatal
- X Autorizar La Creación De Comités De Apoyo
- V Aprobar Los Programas Institucionales En Términos De La Normativa Aplicable En La Materia
- Vii Autorizar Las Erogaciones Necesarias Para El Cumplimiento Del Objeto Del Archivo General
- Artículo Integración Del Órgano De Gobierno
- Iii Un Secretario Ejecutivo Que Será El Director General Del Archivo General Del Estado
- E El Secretario De Fomento Económico
- H El Diputado Presidente De La Comisión De Transparencia Y Acceso A La Información
- Vii El Consejo Nacional De Ciencia Y Tecnología
- Artículo El Director General Además De Lo Previsto En La Ley Federal De Las Entidades
- Ii Establecer Las Políticas Y Lineamientos Generales Del Archivo General
- Artículo Presidente Del Órgano De Gobierno
- Estatuto Orgánico Del Archivo General De La Nación
- Artículo Son Objetivos De Esta Ley
- X Fomentar La Cultura Archivística Y El Acceso A Los Archivos
- Véase El Libro Primero Capítulo Iv Sobre La Capacitación Y Cultura Archivística
- Xvii Diseñar E Implementar Programas De Capacitación En Materia De Archivos
- Artículo Bis A La Secretaría De Cultura Corresponde El Despacho De Los Siguientes Asuntos
- Ley Orgánica De La Administración Pública Federal
- Capítulo Iii Del Director General
- I Ser Ciudadano Mexicano Por Nacimiento
- Iv Tener Cuando Menos Treinta Años De Edad Al Día De La Designación
- Artículo Requisitos De Elegibilidad
- I Ser Ciudadano Mexicano
- Iii No Haber Sido Condenado Por La Comisión De Algún Delito Doloso Y
- El Presidente Del Órgano De Gobierno Tendrá Las Siguientes Atribuciones
- Iii No Haber Sido Condenado Por La Comisión De Algún Delito Doloso
- Artículo Numeral De La Laec
- El Director General Tendrá Las Siguientes Facultades
- Vi Nombrar Y Remover A Los Servidores Públicos Del Archivo General Del Estado Y
- Artículo Atribuciones
- Artículo Emisión De Declaratoria
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entenderá Por
- Xxi Realizar La Declaratoria De Patrimonio Documental De La Nación
- Artículo Archivo General Del Estado
- Artículo Documentos Y Archivos Privados
- Se Consideran Infracciones A La Presente Ley Las Siguientes
- Ii Impedir U Obstaculizar La Consulta De Documentos De Los Archivos Sin Causa Justificada
- Artículo Infracciones Administrativas
- Artículo Criterios Para La Imposición De Sanciones
- Artículo Sanciones A Dueños De Archivos Privados
- Iii La Reincidencia En Su Caso De La Conducta Constitutiva De La Infracción
- Artículo Responsabilidades Civiles Y Penales
- Artículo Obligación De Los Sujetos Obligados En Materia De Consulta De Acervos
- Capítulo I De Las Faltas Administrativas No Graves De Los Servidores Públicos
- Viii Colaborar En Los Procedimientos Judiciales Y Administrativos En Los Que Sea Parte
- Capítulo Ii De Las Faltas Administrativas Graves De Los Servidores Públicos
- Capítulo Iii De Los Actos De Particulares Vinculados Con Faltas Administrativas Graves
- Capítulo Iv De Las Faltas De Particulares En Situación Especial
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener