ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 95/2021 Y SU ACUMULADA 105/2021. DIVERSOS INTEGRANTES DE LAS CÁMARAS DE SENADORES Y DE DIPUTADOS DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. 16 DE NOVIEMBRE DE 2021. PONENTE: JOSÉ FERNANDO FRANCO GONZÁLEZ SALAS. SECRETARIOS: ROBERTO FRAG
Fecha: 15-Jul-2022
Tampoco Se Permitió El Desahogo De Una Segunda Ronda De Votaciones
Además, existió reticencia por parte de la Mesa Directiva para subsanar o regular el procedimiento, que no respetó la publicación oportuna y abierta del contenido del artículo transitorio aprobado, a pesar de que así lo solicitaron diversos senadores.
b) En la Cámara de Diputados se violaron los principios básicos de deliberación democrática porque: 1. En la Comisión de Justicia se aprobó la minuta remitida por la Cámara de Senadores sin llevar a cabo su discusión, y en transgresión a lo dispuesto por el artículo 150, numeral 1, fracción II, del Reglamento de la Cámara de Diputados,(5) pues la convocatoria a la reunión de la comisión no se realizó con una anticipación mínima de 48 horas (se publicó en la Gaceta Oficial de la Cámara de Diputados el jueves veintidós de abril de dos mil veintiuno y la sesión se llevó a cabo el mismo día), además que de conformidad con el artículo 177 del Reglamento de la Cámara de Diputados, existe la necesidad de circular la propuesta de dictamen entre los integrantes de la comisión, con cinco días de anticipación a la reunión en que se discuta y vote; 2. El dictamen fue puesto a votación con dispensa de todos los trámites. Sin embargo, no se desprende del acuerdo relativo, ni de la Junta de Coordinación Política, ni de la Mesa Directiva, motivación sobre la urgencia para llevar a cabo esa discusión; y, 3. Tampoco se atendieron diligentemente las mociones suspensivas por violaciones procedimentales a los plazos establecidos en el Reglamento de la Cámara de Diputados.(6) I.4. Radicación, turno y admisión de la demanda de diputados. Por acuerdo de doce de julio de dos mil veintiuno, el Ministro presidente tuvo por recibida la demanda mencionada en el punto anterior; ordenó su registro con el número 105/2021; asimismo, ante la identidad respecto de la norma impugnada en ese asunto y en la acción de inconstitucionalidad 95/2021, promovida por diversos integrantes de la Cámara de Senadores del Congreso de la Unión, decretó su acumulación con aquel asunto, por lo que ordenó turnarlo también al Ministro José Fernando Franco González Salas, para que instruyera el procedimiento correspondiente.
Mediante diverso acuerdo de cuatro de agosto siguiente, el Ministro instructor admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad que hicieron valer los diputados antes referidos; previno para que, hasta antes del cierre de instrucción, remitieran copia certificada de los documentos con los que acreditaran la personalidad de Alejandra Soria Gutiérrez, María Cristina Castillo Espinosa, Beatriz Balanzar Sánchez, Lizbeth Mata Lozano, Juan Marcos García Hernández, Jaime Ricardo Fernández Horcasitas, Ismael Sánchez Hernández, Marco Antonio Hernández Arellano, César Raymundo Gómez García, Oscar Carlos Zurroza Barrera, Armando Fidel Castro Trasviña, Claudia Patricia Torres López, Sinaí del Rocío Sánchez Huerta, Lucía Méndez Navarro, Edgardo Chaire Chavedo, Juan Martín García Márquez, Eloy Martínez Carrizales, María Eugenia Mosqueda Nieto, María del Refugio Alvarado Romo, Violeta Mariana Parra García, José Eduardo Esquer Escobar, Irene García Martínez, Susana Priscila Álvarez Hernández, Erick Jair Miranda Hernández, Miriam Alejandra Cedillo Conde, Víctor Gilberto Aguilar Espinosa y Juan Alejandro Rivera Torres, para que obraran en el expediente; se dio vista al Poder Ejecutivo Federal y al Congreso de la Unión, por conducto de las Cámaras de Diputados y de Senadores, para que rindieran sus respectivos informes, y a la Fiscalía General de la República, para que manifestara lo que a su representación correspondiera.
- I Antecedentes Y Trámite
- En Sus Conceptos De Invalidez Sostuvieron Esencialmente Lo Siguiente
- En Específico Sostuvieron Que
- Asimismo Plantearon Violaciones A Los Principios Básicos De Deliberación Democrática Porque
- Tampoco Se Permitió El Desahogo De Una Segunda Ronda De Votaciones
- I Informe Presentado Por La Cámara De Senadores
- Refutación Al Primer Concepto De Invalidez
- Refutación Al Segundo Concepto De Invalidez
- Refutación Al Tercer Concepto De Invalidez
- Refutación Al Cuarto Concepto De Invalidez
- Refutación Al Quinto Concepto De Invalidez
- Finalmente Resulta Infundado Que El Presidente De La Mesa Directiva Haya Incurrido En
- I Informe Presentado Por La Cámara De Diputados
- I Informe Presentado Por El Ejecutivo Federal
- Considerandos
- Tanto La Deliberación Parlamentaria Como Las Votaciones Deben Ser Públicas
- E Aprobación En La Cámara Revisora Si Ésta Lo Aprobare Se Remitirá Al Ejecutivo Federal
- A Continuación Se Sometió A Discusión El Dictamen
- La Sesión Se Levantó A Las Horas Del Viernes Veintitrés De Abril De Dos Mil Veintiuno
- Artículo
- Ii Se Consulta Al Pleno Si Se Admite O No A Debate
- Novena
- El Presidente Debe Ser Un Ministro Integrante Del Tribunal Pleno
- Quien Ocupe El Cargo De Presidente No Podrá Reelegirse Para El Periodo Inmediato Posterior
- El Consejo Se Integra Por Siete Consejeros
- Los Consejeros Deben Ser Sustituidos De Manera Escalonada
- De La Lectura Al Artículo Transitorio Cuestionado Podemos Advertir Que En Él
- Vii Violación A Diversos Principios Y Derechos Constitucionales
- Los Principios De Autonomía E Independencia Judicial
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad Y Su Acumulada
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Artículo La Suprema Corte De Justicia De La Nación Conocerá Funcionando En Pleno
- Artículo Las Sentencias Deberán Contener
- Fallada En Sesión De Trece De Julio De Dos Mil Veintiuno Por Unanimidad De Votos
- Iii A Las Legislaturas De Los Estados Y De La Ciudad De México Y
- La Ley Del Congreso Determinará El Trámite Que Deba Darse A Las Iniciativas
- C A G No Se Transcriben Por Referirse A Un Supuesto Que No Aplica En El Presenta Caso
- Artículo O
- Vi Método De Trabajo Análisis Discusión Y Valoración De Las Propuestas
- Viii En Su Caso Texto Normativo Y Régimen Transitorio Del Ordenamiento De Que Se Trata
- I La Iniciativa O Iniciativas Que Le Dan Origen
- Un Secretario De La Mesa Certifica El Expediente Y Sus Anexos
- I La Secretaria Presentará El Asunto Al Pleno
- En El Caso De Minutas A Las Que Hace Referencia El Artículo Constitucional
- Para Las Minutas Sobre Iniciativas Preferentes Se Observará Lo Siguiente
- Iii El Plazo A Que Se Refiere La Fracción Anterior Es Improrrogable
- I Se Discutirán Y Votarán En Lo General Y Después En Lo Particular
- V A Continuación El Presidente Formulará Una Lista De Oradores En Contra Y Otra A Favor
- X Si El Orador No Se Encuentra En El Salón De Sesiones Perderá Su Turno
- I Las Reservas Se Discutirán De La Siguiente Forma
- Iv Cuando No Hubieran Oradores En Contra Podrán Hablar Hasta Dos Oradores A Favor
- Vii Rectificación De Hechos
- Ix Suspensión De La Discusión
- La Votación Nominal Se Llevará A Cabo Utilizando El Sistema Electrónico
- I Se Presente A Consideración Del Pleno Algún Dictamen Con Proyecto De Ley O Decreto
- Iv La Constitución La Ley Este Reglamento O Alguna Disposición De La Cámara Así Lo Ordene Y
- Vii Proyectos De Ley O Decreto Que Remite La Cámara De Diputados
- Xvi Efemérides
- En Lo Que Aquí Interesa El Referido Artículo Dispone
- Cada Intervención Tendrá La Duración Que Corresponda En Términos Reglamentarios
- Décimo Segundo
- Décimo Tercero
- Décimo Cuarto
- Moción Suspensiva
- Son Atribuciones Del Presidente De La Junta Directiva
- La Presidenta Diputada Dulce María Sauri Riancho Se Autoriza
- En El Dictamen De La Cámara Revisora Diputados Se Precisó
- Mientras Que En La Discusión Llevada A Cabo En Dicha Cámara Se Indicó
- Administración Del Poder Judicial De La Federacion
- Integración Del Consejo De La Judicatura Federal
- En La Iniciativa Presentada Por El Ejecutivo Federal Se Expuso
- Transitorios
- Presidente Si No Lo Hiciereis Así La Nación Os Lo Demande
- A En Cada Entidad Federativa Habrá Al Menos Un Tribunal Colegiado De Apelación
- Artículo El Congreso Tiene Facultad