AMPARO DIRECTO 1790/2018 (CUADERNO AUXILIAR 132/2019) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO, CON APOYO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN
Fecha: 02-Ago-2019
Cotizó A Lo Largo De Su Vida Laboral Dos Mil Ciento Treinta Y Dos Semanas
- El salario promedio de las últimas doscientas cincuenta semanas de cotización del extinto asegurado era de cuatrocientos setenta y cinco pesos con cincuenta y ocho centavos ($475.58).
Aunado a lo anterior, respecto de las actividades desarrolladas y el salario percibido con cada patrón en los periodos laborados, según lo dispuesto en el artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo, la tercero interesada precisó:
"...Hechos
"1. Mi extinto esposo fue afiliado ante el lMSS bajo el número de seguridad social, **********, teniendo como Unidad de Medicina Familiar número 6, tengo (sic) 65 años cumplidos, estando inscrito desde el 12 de enero de 1965 en el régimen de seguridad social del IMSS habiendo cotizado a lo largo de mi vida laboral (sic) desde mi inscripción como asegurado (sic) un total de dos mil ciento treinta y dos semanas de cotización dentro del régimen de seguridad social obligatorio, asimismo, bajo protesta de decir verdad, me permito señalar que a lo largo de su vida laboró para los patrones, **********, con domicilio ********** No. Ext. **********, Monterrey, Nuevo León, desempeñándose en el puesto de ayudante general, desarrollando las actividades de acomodo de mercancía, carga y descarga de mercancía, revisión de documentos, servicio al cliente dentro del periodo comprendido del 12 de enero de 1965 al 7 de junio de 1974, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron del 12 de enero de 1965 al 21 de febrero de 1966 con un salario de $46.65 viejos pesos, dentro del periodo comprendido del 22 de febrero de 1966 al 22 de mayo de 1968 con un salario de $53.83 viejos pesos, del periodo comprendido del 23 de mayo de 1968 al 9 de abril de 1970, con un salario de $64.43 viejos pesos, dentro del periodo comprendido del 10 de abril de 1970 al 21 de junio de 1971, con un salario de $77.36 viejos pesos, del periodo comprendido del 22 de junio de 1971 al 18 de enero de 1973, cotizó un salario de $98.97 viejos pesos, del periodo comprendido del 19 de enero de 1973 al 7 de junio de 1974, con un salario de $138.47 viejos pesos, habiendo generado una antigüedad de 9 años 5 meses, en consecuencia, acumuló un total de cuatrocientas noventa semanas; así como para el patrón **********, con domicilio en ********** No. Ext. ********** Pte. **********, CP. **********, Monterrey, Nuevo León, desempeñándose en el puesto de coordinador de tráfico, desarrollando las actividades de coordinar las acciones de tráfico de la empresa, asegurando la asignación oportuna de las unidades de acuerdo a las necesidades del cliente y verificando que cuenten con todos los servicios de mantenimiento preventivo, su documentación en regla e imagen corporativa requerida, así como supervisar que los operadores a cargo cumplan con todas las medidas y el protocolo de inicio de labores, dentro del periodo comprendido del 26 de septiembre de 1974 al 12 de febrero de 1982, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron del 26 de septiembre de 1974 al 7 de septiembre de 1975 con un salario de $167.33 viejos pesos, dentro del periodo del 8 de septiembre de 1975 al 13 de febrero de 1977 con un salario de $228.63 viejos pesos, dentro del periodo del 14 de febrero de 1977 al 23 de marzo del 1979 con un salario de $340.66 viejos pesos, dentro del periodo comprendido del 24 de marzo de 1979 al 18 de abril de 1981 con un salario de $416.36 viejos pesos, dentro del periodo del 19 de abril de 1981 al 12 de febrero de 1982 con un salario de $667.79 viejos pesos, habiendo generado una antigüedad de 7 años 5 meses, en consecuencia, acumuló un total de trescientas ochenta y cinco semanas; así como para el patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de auxiliar administrativo desarrollando las actividades de mantener el correcto y eficaz funcionamiento de las oficinas, realizar funciones administrativas como la actualización, registro y almacenamiento de información, fotocopiado, archivado; trato de textos importantes dentro del periodo comprendido del 10 de mayo de 1982 al 29 de abril de 1983, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron de $820.00 viejos pesos, habiendo generado una antigüedad de 0 años 11 meses, 19 días, en consecuencia, acumuló un total de cincuenta semanas; así como para el patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de auxiliar administrativo, desarrollando las actividades de mantener el correcto y eficaz funcionamiento de las oficinas, realizar funciones administrativas como la actualización, registro y almacenamiento de información, fotocopiado, archivado; trato de textos importantes dentro del periodo comprendido del 5 de agosto de 1983 al 27 de noviembre de 1991, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron del 5 de agosto de 1983 al 17 de abril de 1984 con un salario de $1,243.33 viejos pesos, dentro del periodo del 18 de abril de 1984 al 18 de marzo de 1986, con un salario de $2,996.61 viejos pesos, dentro del periodo del 19 de marzo de 1986 al 12 de febrero de 1988, con un salario de $16,797.43 viejos pesos, dentro del periodo del 13 de febrero de 1988 al 14 de enero de 1990, con un salario de $40,183.33 viejos pesos, dentro del periodo del 15 de enero de 1990 al 27 de noviembre de 1991, cotizó un salario de $53,367.18 viejos pesos, habiendo generado una antigüedad de 8 años, 3 meses, 22 días; en consecuencia, acumulé un total de cuatrocientas treinta y tres semanas; así como para el patrón **********, con domicilio conocido, antiguo ********** (sic), **********, Nuevo León, desempeñándose en el puesto de asesor comercial, desarrollando las actividades de realizar prospecciones, organizar el tiempo, intentar descubrir nuevos sectores, establecer contacto previo con el cliente, preparar las rutas, detectar clientes potenciales, cerrar las operaciones de venta a los precios y condiciones, visitar a los clientes, diligenciar formularios y procedimientos, dentro del periodo comprendido del 7 de febrero de 1992 al 7 de septiembre de 1999, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron del 7 de febrero de 1992 al 2 de diciembre de 1992 con un salario de $64,367.18 viejos pesos, del periodo comprendido del 3 de diciembre de 1992 al 12 de marzo de 1994 con un salario de $78.76 nuevos pesos, del periodo comprendido del 13 de marzo de 1994 al 11 de abril de 1996 con un salario de $122.63 nuevos pesos, del periodo comprendido del 12 de abril de 1996 al 9 de mayo de 1998 con un salario de $157.36 pesos, del periodo comprendido deI 10 de mayo de 1998 al 7 de septiembre de 1999 con un salario de $174.44 pesos, habiendo generado una antigüedad de 7 años, 7 meses, en consecuencia, acumuló un total de trescientas noventa y cinco semanas; así como para el patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de asesor comercial, desarrollando las actividades de realizar prospecciones, organizar el tiempo, intentar descubrir nuevos sectores, establecer contacto previo con el cliente, preparar las rutas, detectar clientes potenciales, cerrar las operaciones de venta a los precios y condiciones, visitar a los clientes, diligenciar formularios y procedimientos, dentro del periodo comprendido del 8 de septiembre de 1999 al 18 de febrero de 2000, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron de $200.00 pesos, habiendo generado una antigüedad de 0 años, 5 meses, 10 días, en consecuencia, acumuló un total de veintitrés semanas; así como para el patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de analista de precios unitarios desarrollando las actividades de elaboración de presupuesto base, revisión y autorización de precios sobre los servicios ofrecidos de parte de la empresa, planear y apoyar en las actividades dentro de su departamento, colaborar en la planeación de los distintos programas de trabajo, preservar el orden y la disciplina en su área, dentro del periodo comprendido del 6 de marzo de 2000 al 23 de noviembre de 2000, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron de $250.00 pesos, habiendo generado una antigüedad de 0 años, 8 meses, 17 días, en consecuencia, acumuló un total de treinta y siete semanas; así como para el patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de analista de precios unitarios, desarrollando las actividades de elaboración de presupuesto base, revisión y autorización de precios sobre los servicios ofrecidos de parte de la empresa, planear y apoyar en las actividades dentro de su departamento, colaborar en la planeación de los distintos programas de trabajo, preservar el orden y la disciplina en su área, dentro del periodo comprendido del 6 de diciembre de 2000 al 29 de noviembre de 2002, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron de $387.59 pesos, habiendo generado una antigüedad de 1 año, 11 meses, 23 días, en consecuencia, acumuló un total de ciento tres semanas; asimismo, para el mismo patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de **********, desarrollando las actividades de planificar y organizar el trabajo del equipo de vendedores sin salir del presupuesto acordado, establecer los objetivos de ventas para el equipo y evaluar logros de los agentes comerciales, representar al personal a cargo y verificar el correcto desempeño en las actividades encomendadas y realizar reportes sobre las ventas realizadas en ciertos periodos dentro del periodo comprendido del 7 de enero de 2003 al 21 de diciembre de 2004, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron del 7 de enero de 2003 al 11 de enero de 2004, cotizó con un salario de $432.87 pesos, dentro del periodo comprendido 12 de enero de 2004 al 21 de diciembre de 2004, cotizó con un salario de $458.88 pesos, habiendo generado una antigüedad de 1 año, 11 meses, 14 días, en consecuencia, acumuló un total de ciento dos semanas; asimismo para el mismo patrón **********, con domicilio en **********, desempeñándose en el puesto de **********, desarrollando las actividades de planificar y organizar el trabajo del equipo de vendedores sin salir del presupuesto acordado, establecer los objetivos de ventas para el equipo y evaluar logros de los agentes comerciales, representar al personal a cargo y verificar el correcto desempeño en las actividades encomendadas y realizar reportes sobre las ventas realizadas en ciertos periodos dentro del periodo comprendido del 1 de marzo de 2005 al 14 de abril de 2007, señalando que dentro del mencionado periodo las cotizaciones diarias fueron del 1 de marzo de 2005 al 22 de abril de 2006, cotizó con un salario de $518.34 pesos, dentro del periodo comprendido del 23 de abril de 2006 al 14 de abril de 2007 cotizó con un salario de $550.00 pesos, habiendo generado una antigüedad de 2 años, 2 meses, 20 días, en consecuencia, acumuló un total de ciento quince semanas; además, que dentro de los periodos antes descritos siempre estuvo cotizando en el régimen obligatorio del Seguro Social, teniendo como salario promedio de mis (sic) últimas doscientas cincuenta semanas de cotización a razón de cuatrocientos setenta y cinco pesos con cincuenta y ocho centavos.
"Ahora bien, bajo protesta de decir verdad me permito manifestar que en su momento se acudió con cada uno de los patrones con los que mi extinto esposo cotizó a lo largo de su vida laboral, con la finalidad de que se proporcionaran los documentos con los que se acreditaran sus altas y bajas en el régimen obligatorio del seguro social, así como los recibos de pago, a lo cual me manifestaron que no contaban con ellos, ya que sólo estaban obligados a conservarlos durante el último año en que laboró en términos del artículo 804 de la Ley Federal de Trabajo; por otro lado, me manifestaron haber informado en tiempo y forma al Instituto Mexicano del Seguro Social en relación a mis altas y bajas, por lo que es éste (sic) último es quien cuenta con toda la información. Por lo cual me dispuse a solicitar los documentos de los patrones a dicha institución, por ello solicito se me tenga por cumpliendo con los requisitos de procedibilidad que señala el artículo 899-C de la Ley Federal del Trabajo.
- Considerando
- En El Séptimo Concepto De Violación El Instituto Quejoso Aduce
- Es Infundado El Anterior Concepto De Violación
- Del Seguro Por Muerte
- Iii Pensión A Ascendientes
- V Asistencia Médica En Los Términos Del Capítulo Iv De Este Título
- Ii Que La Muerte Del Asegurado O Pensionado No Se Deba A Un Riesgo De Trabajo
- De Ahí Lo Infundado Del Concepto De Violación
- Son Infundados Los Conceptos De Violación Antes Reseñados Ya Que
- Sí Precisó Sus Antecedentes Laborales En Términos Del Artículo C Antes Mencionado
- Cotizó A Lo Largo De Su Vida Laboral Dos Mil Ciento Treinta Y Dos Semanas
- En Ese Mismo Sentido Existe Criterio De La Jurisprudencia Por Reiteración Que Reza
- Salario Promedio
- Ahora Bien El Artículo C De La Ley Federal Del Trabajo A La Letra Dice
- Iii Las Pretensiones Del Promovente Expresando Claramente Lo Que Se Le Pide
- Ix Las Copias Necesarias De La Demanda Y Sus Anexos Para Correr Traslado A La Contraparte
- La Jurisprudencia A Que Se Alude Es La Aj A La Cual A La Letra Dice
- Cuente Con Un Mínimo De Quinientas Cotizaciones Semanales
- Exposición De Los Hechos Que Dan Origen A Su Reclamación Y Pretensiones Del Promovente
- Número De Seguridad Social
- Presentación De Copias De Traslado
- Ii Número De Semanas Cotizadas En Los Ramos De Aseguramiento
- En El Octavo Concepto De Violación El Quejoso Aduce Esencialmente Lo Siguiente
- El Argumento Que Se Sintetiza Es Fundado Pero Inoperante
- De Ahí La Inoperancia Del Concepto De Violación De Que Se Trata
- De Ahí Que Tal Prueba No Debió Ser Admitida O En Su Caso No Otorgarle Valor Probatorio
- Son Ineficaces Los Anteriores Argumentos
- La Junta Admitió La Prueba De Inspección En Los Términos Siguientes
- Por Otro Lado Se Advierte Que La Junta Responsable Omitió Pronunciarse Sobre El Particular
- Razones Por Las Que El Concepto De Violación En Estudio Resulta Inoperante
- Inspección La Cual Se Ofrece En Los Siguientes Términos
- Asunto Inspección Por Actora
- Dicho Criterio Es Del Tenor Siguiente
- En El Segundo Concepto De Violación El Quejoso Aduce Esencialmente Lo Siguiente
- En El Tercer Concepto De Violación El Instituto Promovente Aduce Medularmente Lo Siguiente
- Ello Tal Y Como A Continuación Se Expondrá
- De Ahí Lo Infundado Del Concepto De Violación De Mérito
- La Demanda De Amparo Adhesivo Debe Declararse Sin Materia
- Octavopedimento Del Ministerio Público Adscrito
- Segundose Declara Sin Materia El Amparo Adhesivo Promovido Por
- Iii Promedios Salariales De Cotización De Los Promoventes