AMPARO DIRECTO 1790/2018 (CUADERNO AUXILIAR 132/2019) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO, CON APOYO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 1790/2018 (CUADERNO AUXILIAR 132/2019) DEL ÍNDICE DEL CUARTO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL CUARTO CIRCUITO, CON APOYO DEL SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO DEL CENTRO AUXILIAR DE LA CUARTA REGIÓN, CON RESIDENCIA EN

Fecha: 02-Ago-2019

En Ese Mismo Sentido Existe Criterio De La Jurisprudencia Por Reiteración Que Reza

"2. A partir del 28 de agosto de 2007, con efectos a partir del 14 de abril de 2007, a mi extinto esposo se le otorgó por parte del Instituto Mexicano del Seguro Social una pensión de invalidez, misma que se le otorgó con un salario promedio diario inferior al que venía percibiendo, así como tampoco se le tomó en cuenta el total de semanas cotizadas, toda vez que el instituto ahora (sic) le cuantificó como semanas de cotización reconocidas a la fecha del otorgamiento de la pensión un total de 1527, lo que resulta incorrecto, ya que mi extinto esposo a ese periodo había cotizado un total de dos mil ciento veintiséis semanas, además el salario promedio de sus últimas doscientas cincuenta semanas de cotización, que se debió de haber tomado en cuenta para la cuantificación de la pensión es a razón de cuatrocientos setenta y cinco pesos con cincuenta y ocho centavos, lo anterior se obtiene toda vez que sus últimas doscientas cincuenta semanas las cotizó bajo las órdenes del patrón, periodos y salarios siguientes: para el patrón **********, dentro del periodo comprendido del 15 de marzo de 2002 al 29 de noviembre de 2002 con un salario de $387.59 pesos; para el patrón **********, dentro del periodo comprendido del 7 de enero de 2003 al 11 de enero de 2004 con un salario de $432.87 pesos; para el patrón **********, dentro del periodo comprendido del 12 de enero de 2004 al 21 de diciembre de 2004 con un salario de $458.88 pesos; para el patrón ********** dentro del periodo comprendido del 1 de marzo de 2005 al 22 de abril de 2006 con un salario de $518.34 pesos; para el patrón ********** dentro del periodo comprendido del 23 de abril de 2006 al 14 de abril de 2007 con un salario de $550.00 pesos, sirviendo de base para realizar la operación aritmética para determinar el salario promedio de la siguiente manera: