CONTRADICCIÓN DE TESIS 17/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO NOVENO Y VIGÉSIMO PRIMERO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO ITURBE R
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 17/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS DÉCIMO NOVENO Y VIGÉSIMO PRIMERO, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO. 15 DE NOVIEMBRE DE 2022. UNANIMIDAD DE VOTOS DE LOS MAGISTRADOS ARTURO ITURBE R

Fecha: 20-Ene-2023

Al Respecto Los Artículos Y De La Ley General De Cultura Física Y Deporte Establecen

"Artículo 50. La presente ley reconoce a las Federaciones Deportivas Mexicanas el carácter de Asociaciones Deportivas Nacionales, por lo que todo lo previsto en esta ley para las Asociaciones Deportivas, les será aplicable.

"Las Asociaciones Deportivas Nacionales regularán su estructura interna y funcionamiento, de conformidad con sus Estatutos Sociales, la presente ley y su reglamento, observando en todo momento los principios de democracia, representatividad, equidad, igualdad sustantiva, legalidad, transparencia y rendición de cuentas.

"Es obligación para las Asociaciones Deportivas Nacionales, la igualdad de trato y oportunidades y, la paridad entre hombres y mujeres en el acceso a sus órganos de gobierno y representación."

"Artículo 51. Las Asociaciones Deportivas Nacionales debidamente reconocidas en términos de la presente ley, además de sus propias atribuciones, ejercen, por delegación, funciones públicas de carácter administrativo, actuando en este caso como agentes colaboradores del Gobierno Federal, por lo que dicha actuación se considerará de utilidad pública. Además de las actividades propias de gobierno, administración, gestión, organización y reglamentación de las especialidades que corresponden a cada una de sus disciplinas deportivas, ejercen bajo la coordinación de la CONADE las siguientes funciones públicas de carácter administrativo: