SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2004-R
Fecha: 08-Sep-2004
II.1.2.
II.1.2. El 17 de noviembre de 2000, la misma denunciante solicitó la ampliación de las diligencias de policía judicial, entre otros, contra el recurrente y se constituyó en parte civil, a lo que el Juez recurrido, Roger G. Triveño Herbas, el 20 de noviembre de 2000, providenció: a) se tendrá presente al momento de dictar Auto Inicial de Instrucción; b) la PTJ, remita las diligencias de policía judicial en el estado en que se encuentren, sin perjuicio de proseguirse investigando respecto al recurrente y otros, ordenando se expidan mandamientos de aprehensión contra aquéllos; y c) téngase por constituida en parte civil a los fines del art. 55 inc. 1) del CPP.1972 (fs. 303-305 exp. orig.).
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- (fs. 118-119)
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- II.13.1.
- (fs. 2366-2368 exp. orig.)
- II.13.2.
- II.13.3.
- II.13.4.
- II.13.5.
- II.14.
- II.15.
- (fs. 2393 vta. exp. orig.)
- II.16.
- II.16.1.
- II.16.2.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4. Presentación de imputación formal dentro de un sumario penal regido por el procedimiento establecido en el Código de procedimiento penal de 1972.
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3.
- III.4.4.
- III.4.5.
- III.4.6.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR en parte
- 1º