SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2004-R
Fecha: 08-Sep-2004
III.1.
III.1. Antes de ingresar a analizar el fondo de la problemática y dada su complejidad, cabe establecer que en la misma y atendiendo la naturaleza del recurso igual que los actos lesivos denunciados, se analizarán otros que no lo hubiesen sido, siempre que estén vinculados directa o indirectamente, con los derechos bajo protección de este recurso como son los derechos a la libertad física, a la locomoción y a la garantía del debido proceso.
A contrario sensu, también se deja establecido que no se examinarán en este recurso, los actos que no hubieran operado como causa para la supresión de los derechos que están bajo la tutela de este recurso, de modo que si el recurrente considera que son indebidos o ilegales deberá solicitar su subsanación ante la misma autoridad que incurrió en los mismos, ante las instancias superiores si existen recursos por medio de los cuales pueda acudir; y finalmente podrá acudir a esta jurisdicción a través del amparo, que tiene como objeto tutelar todos los derechos y garantías fundamentales que no estén bajo el ámbito de protección del recurso planteado, siempre que se hubieren agotado las instancias previstas por ley.
- recurso de hábeas corpus
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- improcedente
- (fs. 118-119)
- II.1.2.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.11.
- II.13.
- II.13.1.
- (fs. 2366-2368 exp. orig.)
- II.13.2.
- II.13.3.
- II.13.4.
- II.13.5.
- II.14.
- II.15.
- (fs. 2393 vta. exp. orig.)
- II.16.
- II.16.1.
- II.16.2.
- II.17.
- II.18.
- II.19.
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4. Presentación de imputación formal dentro de un sumario penal regido por el procedimiento establecido en el Código de procedimiento penal de 1972.
- III.4.1.
- III.4.2.
- III.4.3.
- III.4.4.
- III.4.5.
- III.4.6.
- III.5.
- III.6.
- APROBAR en parte
- 1º