SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1453/2004-R

Fecha: 08-Sep-2004

III.2.

Con relación a la denuncia en sentido de que el recurrente se encuentra procesado penalmente junto a otras veinte personas por la muerte de los esposos Andrade en el mes de octubre del año 2000, no obstante que el Juez Instructor de Villa Tunari, en el Auto de ampliación de 6 de abril de 2001 dictado en contra suya, no especifica los delitos por los cuales sería procesado, además no dice qué Auto es el que amplía, teniendo en cuenta que existen varios Autos Iniciales por una parte; y por otra, se le señala como imputado cuando el Código de Procedimiento de 1999 no le es aplicable; cabe señalar que si bien el Auto de ampliación referido puede adolecer de algunas omisiones -no se niega ni se afirma-, y en él se dispuso que se expida mandamiento de aprehensión, éste no fue expedido, por lo mismo no fue ejecutado, al igual que no fue expedido otro que se ordenó posteriormente luego de que el recurrente no fuera habido con el mandamiento de comparendo que se lo buscó, de manera que ese actuado no operó como causa para su aprehensión ni detención preventiva que posteriormente se le aplicó.

Por otra parte, con relación a que al recurrente, no obstante que dentro del proceso penal que se le sigue y que está regido por las normas previstas por el Código de procedimiento penal de 1972, se le citó y señaló denominándole imputado, ello carece de relevancia jurídica con relación a los derechos bajo protección de este recurso, puesto que la utilización de ese término jurídico, no ha ocasionado que se le aprehenda o se le detenga preventivamente, de modo que tampoco corresponde analizarlo.