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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2007-R
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0084/2007-R

    Fecha: 26-Feb-2007

    II.17.

    II.17. Mediante memorial presentado el 13 de diciembre de 2006, Rodolfo Pereira Veizaga solicitó libertad en forma inmediata, argumentando que su detención es indebida, por cuanto se afecta y restringe su derecho a la identidad y libertad, por no haberse cerciorado su identidad al momento de ejecutarse el apremio (fs. 148 a 149).

    • recurso de hábeas corpus
    • I.1.1. Hechos que motivan el recurso
    • 1.
    • 2.
    • 3.
    • 4.
    • 5.
    • 6.
    • II.2.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.13.
    • II.14.
    • II.15.
    • II.16.
    • II.17.
    • II.18.
    • II.19.
    • III.1. Sobre las lesiones al debido proceso y el recurso de hábeas corpus
    • la denuncia
    • Fragmento 26
    • III.2. Sobre los conflictos de identidad en la ejecución de mandamientos que restringen la libertad.
    • Rodolfo Pereira Veizaga
    • “I.
    • II. Ordenada la libertad prevista en el parágrafo anterior, el juez podrá  disponer  nuevo  apremio contra el obligado cuando transcurridos 6 meses desde su puesta en libertad no hubiere satisfecho el pago de las pensiones adeudadas
    • Rodolfo Salguero Veizaga y/o Rodolfo Pereira Veizaga
    • ,
    • III.5.
    • APROBAR

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