SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R

Fecha: 11-Mar-2011

5) La actuación del Fiscal General codemandado, quien hubiere sustituido a uno de los miembros del Tribunal de apelación sin respaldo legal

       De la Conclusión II.7 del presente fallo, se advierte que inicialmente el Tribunal de apelación fue conformado por el Fiscal General codemandado; Julio Esteban Navia Téllez y Abel Montaño Cuéllar. Empero, ante la existencia de un vicio procesal, se emitió proveído anulando obrados, indicándose asimismo que, no se había ratificado al último miembro del Tribunal citado, convocando a Luis Efraín Paredes, para que complete su composición.

      Dicha actuación no puede ser considerada violatoria al derecho del juez natural, dado que la sustitución de un miembro del Tribunal por otro, respondió conforme se constata de la certificación del ex Secretario del Tribunal Nacional de Disciplina -presentada en la audiencia de consideración de la acción de amparo por el Fiscal General y que cursa a fs. 244-, a que el miembro sustituido dejó de ser parte del Tribunal; por lo que le concernía a Luis Efraín Paredes, siguiente en la lista del Tribunal que se conformó antes del inicio de la causa, asumir dicha calidad, al haber sido éste ratificado para la gestión 2008 - 2009.

      Lo referido permite concluir que, el Fiscal General no actuó “por puro capricho y sin respaldo legal alguno” como sostiene la accionante, sino que su actuación se sustentó en que el miembro que sustituyó no había sido ratificado en esa calidad, por lo que convocó al siguiente en la lista; siendo por ende en este punto, inviable la tutela impetrada.