Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.7.
II.7. Del acta de sorteo de los miembros del Tribunal de apelación efectuado el 27 de mayo de 2008, se advierte que el mismo quedó compuesto por el Fiscal General codemandado; Julio Navia Téllez y Abel Montaño Cuéllar (fs. 87). Elaborado el proyecto de resolución, fue observado por Abel Montaño Cuéllar, ante la existencia de un vicio procesal al no haberse señalado audiencia para la producción de prueba en segunda instancia (fs. 95 y vta.); anulándose obrados por proveído de 4 de agosto de ese año, en el que además se indicó que al no haberse ratificado como miembro a Abel Montaño Cuéllar, se convocaba a Luis Efraín Paredes, para que conforme el Tribunal (fs. 96).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo parcialmente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) De la falta de excusa del Juez Sumariante, pese a haberla demandado por otro hecho
- Fragmento 25
- imparcial
- Fragmento 27
- 2) Respecto a la denegatoria de la excepción de prescripción que planteó
- impugnen los mismos
- 3) En relación a que el Juez Sumariante leyó únicamente documentos elegidos con anterioridad, en la audiencia de procesamiento
- Fragmento 31
- 4) De la denuncia en sentido que la Sentencia fue dictada en base a prueba ilegal e inexistente y realizando aseveraciones en cuanto a la comisión de delitos por su persona
- Fragmento 33
- 5) La actuación del Fiscal General codemandado, quien hubiere sustituido a uno de los miembros del Tribunal de apelación sin respaldo legal
- Fragmento 35
- 6)
- 1º APROBAR