Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.9.
II.9. La certificación de 2 de febrero de 2009, brindada por el Secretario del Juzgado Segundo de Instrucción en lo Penal del Distrito Judicial de Potosí, acredita que dentro del proceso penal seguido contra la accionante por el delito de falsedad material, la imputación formal fue presentada el 27 de agosto de 2008 (fs. 115 y vta.).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo parcialmente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) De la falta de excusa del Juez Sumariante, pese a haberla demandado por otro hecho
- Fragmento 25
- imparcial
- Fragmento 27
- 2) Respecto a la denegatoria de la excepción de prescripción que planteó
- impugnen los mismos
- 3) En relación a que el Juez Sumariante leyó únicamente documentos elegidos con anterioridad, en la audiencia de procesamiento
- Fragmento 31
- 4) De la denuncia en sentido que la Sentencia fue dictada en base a prueba ilegal e inexistente y realizando aseveraciones en cuanto a la comisión de delitos por su persona
- Fragmento 33
- 5) La actuación del Fiscal General codemandado, quien hubiere sustituido a uno de los miembros del Tribunal de apelación sin respaldo legal
- Fragmento 35
- 6)
- 1º APROBAR