SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
impugnen los mismos
Sin embargo, de una lectura del Reglamento citado y los artículos pertinentes, se advierte que no se establece en qué instancia se deben formular las excepciones; por lo que recurriendo por supletoriedad al Código de Procedimiento Penal, en su art. 314, se tiene que las excepciones pueden ser: “…propuestas por escrito fundamentado en la etapa preparatoria y oralmente en el juicio…”; motivo por el que la actuación del Fiscal de Distrito deviene en ilegal y errónea, dado que era perfectamente posible que la accionante presente su excepción en dicha instancia procesal; frenando con dicho actuar, la posibilidad que se considerara si realmente la acción había prescrito por falta de notificación con la denuncia que motivó el proceso disciplinario que se le seguía; en violación de su derecho legítimo a la defensa, tutelado por el art. 115.II de la Norma Fundamental; y que tiene dos connotaciones: "…La primera es el derecho que tienen las personas, cuando se encuentran sometidas a un proceso con formalidades específicas, a tener una persona idónea que pueda patrocinarle y defenderle oportunamente, mientras que la segunda es el derecho que precautela a las personas para que en los procesos que se les inicia, tengan conocimiento y acceso de los actuados e impugnen los mismos con igualdad de condiciones conforme a procedimiento preestablecido y por ello mismo es inviolable por las personas o autoridad que impidan o restrinjan su ejercicio" (las negrillas nos pertenecen) (SC 0943/2010-R de 17 de agosto). Siendo también tutelable por lo manifestado, la denuncia tratada en este punto.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo parcialmente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) De la falta de excusa del Juez Sumariante, pese a haberla demandado por otro hecho
- Fragmento 25
- imparcial
- Fragmento 27
- 2) Respecto a la denegatoria de la excepción de prescripción que planteó
- impugnen los mismos
- 3) En relación a que el Juez Sumariante leyó únicamente documentos elegidos con anterioridad, en la audiencia de procesamiento
- Fragmento 31
- 4) De la denuncia en sentido que la Sentencia fue dictada en base a prueba ilegal e inexistente y realizando aseveraciones en cuanto a la comisión de delitos por su persona
- Fragmento 33
- 5) La actuación del Fiscal General codemandado, quien hubiere sustituido a uno de los miembros del Tribunal de apelación sin respaldo legal
- Fragmento 35
- 6)
- 1º APROBAR