Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
Fragmento 35
De obrados se tiene que, la accionante planteó recurso de apelación el 5 de mayo de 2008 y que elaborado el proyecto de resolución, se observó la existencia de un vicio procesal, dado que existía ofrecimiento de prueba por parte de la apelante que debía producirse en segunda instancia; por lo que ante ese defecto, se emitió el decreto de 4 de agosto de 2008, fijando audiencia a tal fin a llevarse a cabo el 18 de ese mes y año.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo parcialmente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) De la falta de excusa del Juez Sumariante, pese a haberla demandado por otro hecho
- Fragmento 25
- imparcial
- Fragmento 27
- 2) Respecto a la denegatoria de la excepción de prescripción que planteó
- impugnen los mismos
- 3) En relación a que el Juez Sumariante leyó únicamente documentos elegidos con anterioridad, en la audiencia de procesamiento
- Fragmento 31
- 4) De la denuncia en sentido que la Sentencia fue dictada en base a prueba ilegal e inexistente y realizando aseveraciones en cuanto a la comisión de delitos por su persona
- Fragmento 33
- 5) La actuación del Fiscal General codemandado, quien hubiere sustituido a uno de los miembros del Tribunal de apelación sin respaldo legal
- Fragmento 35
- 6)
- 1º APROBAR