Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0183/2011-R
Fecha: 11-Mar-2011
II.1.
II.1. A través de memorando 287/2006 de 14 de junio, la accionante fue designada Fiscal Adjunta de Potosí (fs. 21), siendo posesionada el 16 de ese mes y año (fs. 22); cargo al que renunció el 21 de febrero de 2007, a efectos de asistir al Curso de Formación Inicial en el Instituto de Capacitación del Ministerio Público (fs. 23); designándola mediante memorando 624/2007 de 10 de agosto, Fiscal de Materia III, una vez que aprobó satisfactoriamente todas las fases del curso dentro del proceso de institucionalización, (fs. 24); ordenándose el 31 del citado mes y año, su desplazamiento a la Fiscalía de Llallagua (fs. 26).
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que la motivan
- a)
- b)
- c)
- d)
- e)
- i)
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- concediendo parcialmente
- I.3. Tramite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- Fragmento 22
- III.2. Análisis del caso concreto
- 1) De la falta de excusa del Juez Sumariante, pese a haberla demandado por otro hecho
- Fragmento 25
- imparcial
- Fragmento 27
- 2) Respecto a la denegatoria de la excepción de prescripción que planteó
- impugnen los mismos
- 3) En relación a que el Juez Sumariante leyó únicamente documentos elegidos con anterioridad, en la audiencia de procesamiento
- Fragmento 31
- 4) De la denuncia en sentido que la Sentencia fue dictada en base a prueba ilegal e inexistente y realizando aseveraciones en cuanto a la comisión de delitos por su persona
- Fragmento 33
- 5) La actuación del Fiscal General codemandado, quien hubiere sustituido a uno de los miembros del Tribunal de apelación sin respaldo legal
- Fragmento 35
- 6)
- 1º APROBAR