En relación a la SCP 0548/2013 de 14 de mayo, la Magistrada que suscribe el presente voto disidente, plasmará su posición en cuanto a la naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento, a cuyo efecto, se desarrollará una sistematización, armonizació
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En relación a la SCP 0548/2013 de 14 de mayo, la Magistrada que suscribe el presente voto disidente, plasmará su posición en cuanto a la naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento, a cuyo efecto, se desarrollará una sistematización, armonizació

Fecha: 14-May-2013

Fragmento 5

En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre, la cual estableció que una línea jurisprudencial comprende entendimientos fundantes y complementarios, los cuales deben ser interpretados y aplicados de manera vinculante en el marco de una unidad armónica; en ese orden y de acuerdo al citado entendimiento, es pertinente señalar que las primeras; es decir  los razonamientos fundantes, contemplan una ratio decidendi, que materializa un entendimiento jurisprudencial primario que plasma una hipótesis interpretativa aplicable ulteriormente a todos los supuestos fácticos idénticos; en ese orden, por la complejidad de la realidad jurídico-social, es evidente que no existen entendimientos jurisprudenciales concluidos, por tanto, el eje temático central definido por una ratio decidendi fundante, a través de decisiones posteriores, puede ser complementado con aspectos o presupuestos adicionales, supuesto en el cual, la línea jurisprudencial estará conformada por la decisión fundante y las ulteriores decisiones complementarias, razonamientos que deben ser entendidos y aplicados en su integridad y de manera armónica, concibiéndose de esta manera la línea jurisprudencial vinculante para ejes temáticos determinados.