En relación a la SCP 0548/2013 de 14 de mayo, la Magistrada que suscribe el presente voto disidente, plasmará su posición en cuanto a la naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento, a cuyo efecto, se desarrollará una sistematización, armonizació
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En relación a la SCP 0548/2013 de 14 de mayo, la Magistrada que suscribe el presente voto disidente, plasmará su posición en cuanto a la naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento, a cuyo efecto, se desarrollará una sistematización, armonizació

Fecha: 14-May-2013

que para la acción de cumplimiento es aplicable el principio de subsidiaridad

En base al estudio diacrónico de jurisprudencia efectuado, debe señalarse que la SC 0258/2011-R de 16 de marzo, señaló en su Fundamento Jurídico III.1.4.1 que para la acción de cumplimiento es aplicable el principio de subsidiaridad. El citado entendimiento, en su Fundamento Jurídico III.1.4.2, estableció también la aplicación del plazo de caducidad para este mecanismo de defensa constitucional.