DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013

Fecha: 05-Jun-2013

El art. 2

El art. 2 trata sobre la autonomía municipal, estableciendo que esta implica entre otras cosas, “la administración de sus recursos económicos y el ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria, fiscalizadora, ejecutiva y administrativa”, texto que incluye la facultad administrativa, facultad que no se encuentra establecida por los arts. 272, 283 de la CPE, y que es contraria a lo establecido por la SCP 1714/2012, que al realizar un análisis integral de los artículos citados, expresamente establece la existencia de cinco facultades asignadas a las entidades territoriales autónomas, las cuales son: legislativa, reglamentaria, fiscalizadora, ejecutiva y deliberativa. Por lo expuesto el citado artículo 2 del proyecto de la Carta Orgánica es incompatible con la Constitución Política del Estado,  así como el art. 15.II de la misma Carta Orgánica por conexitud entre ambas normas.