DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013

Fecha: 05-Jun-2013

El numeral 7 del art. 22

El numeral 7 del art. 22 sostiene que entre las atribuciones del Concejo Municipal al aprobar los planos de zonificación y valuación zonal o distrital, tablas de valores () de cada una de las zonas urbanas y rurales detectadas en el proceso de zonificación; tenemos que este proceso implica el catastro, sin embargo está limitada su competencia al área urbana, lo que está determinado por el art. 302.I.10 de la CPE, cuyo texto determina que efectivamente el catastro es una competencia de los municipios pero que está limitada al área urbana; aparte de lo previamente desarrollado, tenemos que el art. 298.II.22 del texto constitucional sostiene que es una competencia exclusiva del nivel central del Estado el control de administración agraria y catastro rural, por lo que en mérito a estos fundamentos, el numeral 7 del art. 22 es incompatible con la CPE sólo en cuanto a la frase “y zonas rurales”, manteniéndose la compatibilidad del resto del texto del numeral precitado.