DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013

Fecha: 05-Jun-2013

El parágrafo III del art. 96

El parágrafo III del art. 96 establece que mediante Ley Municipal se regulará el ejercicio concurrente de la competencia en seguridad ciudadana; es preciso el citar al Artículo 297.I.3 de la CPE, que establece que las competencias concurrentes son aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado, mientras que los otros niveles ejercen las facultades reglamentaria y ejecutiva, en ese sentido se concluye que el GAM no puede emitir legislación alguna sobre la competencia concurrente de la seguridad ciudadana, lo que determina la incompatibilidad del parágrafo III del art. 96 con el texto de la CPE.