DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0007/2013

Fecha: 05-Jun-2013

El art. 6

El art. 6 establece la denominación del mismo en su primer parágrafo; sin embargo el parágrafo II trata de su ubicación y sus límites, contenido que no está incluido en el texto de la Constitución Política del Estado y tal como determina el art. 297.II de la CPE, toda competencia que no está incluida dentro de la Norma Suprema, será atribuida al nivel central del Estado, que podrá transferirla o delegarla por ley, por lo que la competencia de la delimitación de unidades territoriales es una competencia exclusiva del nivel central del Estado, que mediante la Ley 339 de 31 de enero de 2013 en su art. 3.I, ha transferido la referida competencia a los Gobiernos Departamentales Autónomos para tramitar los procedimiento administrativos de delimitación de unidades territoriales intradepartamentales que no comprometan los límites interdepartamentales, así lo determina la jurisprudencia del TCP en su DCP 0008/2013, por lo que el parágrafo II del art. 6 es incompatible con el texto de la CPE.