En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre,

Fecha: 23-Jul-2013

b)

En el marco de lo expuesto, se evidencia que la norma denunciada como incumplida mediante la presente acción, contiene una condición temporal, es decir establece un plazo de cumplimiento no mayor a un año a partir de su publicación, en ese orden, considerando que la ley fue promulgada el 24 de mayo de 2012 y siendo que la presente acción de cumplimiento fue presentada el 22 de marzo de 2013, es evidente que existe una condicionante temporal que evita el análisis de fondo de la presente problemática, ya que tal como se dijo, el objeto de la acción de cumplimiento es la tutela objetiva de derechos fundamentales que generen para los órganos de poder, mandatos específicos plasmados en la Constitución o en la Ley, los cuales, no estén sujetos a condición alguna.