En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre,

Fecha: 23-Jul-2013

no podrá requerirse al activante de tutela el agotamiento de los recursos administrativos existentes, ya que esta exigencia implicaría la existencia de un proceso, aspecto que impediría una tutela objetiva de derechos a través de la acción de cumplimiento

En este orden, en virtud al principio de supletoriedad y tal como lo señaló la SC 1474/2011-R, no podrá requerirse al activante de tutela el agotamiento de los recursos administrativos existentes, ya que esta exigencia implicaría la existencia de un proceso, aspecto que impediría una tutela objetiva de derechos a través de la acción de cumplimiento