En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre,
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

En principio y para efectos de fundamentación del presente acápite, es imperante invocar la SCP 1913/2012 de 12 de octubre,

Fecha: 23-Jul-2013

II.7. Análisis del caso concreto

         En la presente problemática, los ahora accionantes, activan la presente acción de cumplimiento denunciando que la Ley 247, instruye y faculta a los municipios para que a partir de la promulgación de la misma, amplíen el radio urbano de las ciudades como es el caso de Camiri; sin embargo, señalan que la autoridad ahora demandada, no ha iniciado los trámites para ampliarlo, omisión que les impide tener acceso a planes de vivienda social, incumpliendo por tanto la Ley 245 en sus arts. 6 y 15, citando además los arts. 19, 302.29 de la CPE; 31 de la LM modificada por la LMA, así como los arts. 44.9, 44.16, y 24 de la citada disposición normativa; el art. 82 de la LMA; la Ley de 1905 de 25 de noviembre; y la Ley de 1940 de 6 de noviembre.