Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0031/2014 de 28 de mayo; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados expresan su voto disidente con la DCP 0031/2014 de 28 de mayo; en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 28-May-2014

b)

La Declaración estudiada resuelve que el art. 9.II.2 de la Carta Orgánica, es compatible con la norma constitucional, sin tomar en cuenta que este Tribunal emitió un criterio respecto de artículos con el mismo contenido, los cuales fueron declarados incompatibles. La DCP 0026/13 de 29 de noviembre (Carta Orgánica de Camataqui-Villa Abecia) y la DCP 0003/2014 de 10 de enero (Carta Orgánica de Tacopaya), señalaron lo siguiente: