SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015

Fecha: 06-Feb-2015

Artículo 11.- (Requisitos).

iv. Volumen: Consignar el volumen solicitado para exportación, en la unidad física de medida establecida para la sub partida en el arancel aduanero vigente. En el caso específico del azúcar, el volumen solicitado debe considerar la distribución del saldo exportable establecida en el artículo 9 de la presente Resolución.