SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0005/2015

Fecha: 06-Feb-2015

Artículo 19.- (Infracciones

4. Exista riesgo de desabastecimiento interno, determinado técnicamente por los Viceministerios de Comercio Interno y Exportaciones y de Producción Industrial a Mediana y Gran Escala, en base a inspecciones de existencias, evolución de la producción y tendencias de ventas internas y externas en el marco de lo establecido en la Resolución Ministerial N° 080.2013.

5. La determinación de incumplimiento de obligaciones establecidas en la normativa vigente, referidas al pago de sueldos y salarios, respecto a los derechos laborales y sindicales, pago de beneficios sociales y aportes a la seguridad social, que sea notificada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social o autoridad judicial competente al Viceministerio de Comercio Interno y Exportaciones.