DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Artículo 107. (De la reforma del estatuto)

En el marco de lo que establece el articulo 63 de la Ley Marco de Autonomias y descentralización, la reforma total o parcial de la presente Carta Orgánica Municipal, requiere la aprobación de dos tercios (2/3) del total de los miembros de su órgano deliberativo, control de constitucionalidad y aprobación por referendo municipal.

En el marco de lo que establece el artículo 63 de la Ley Marco de Autonomías y descentralización, la reforma total o parcial de la presente Carta Orgánica Municipal, requiere la aprobación de dos tercios (2/3) del total de los miembros de su órgano deliberativo, control de constitucionalidad y aprobación por referendo municipal”.