DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015

Fecha: 19-Mar-2015

del estatuto

De acuerdo a lo establecido en los artículos constitucionales citados se puede observar que la Constitución Política del Estado denominó genéricamente a estatutos y cartas orgánicas como normas institucionales básicas, determinando también que la norma institucional básica municipal responde a la denominación de carta orgánica, razón por la cual, se debe declarar la incompatibilidad de la frase “…del estatuto”, inserta en el nomen iuris del artículo observado.