DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015

Fecha: 19-Mar-2015

Artículo 32. (De los Servidores Públicos Municipales)

I.       Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las Servidoras y Servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y designados y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento.

II.      Todo Servidor y Servidora pública deberá desempeñar sus funciones bajo los principios de legitimidad, legalidad, imparcialidad, publicidad, compromiso, e interés social, transparencia, calidez, honestidad, responsabilidad y resultados, bajo alternativa de iniciar los procesos administrativos que corresponda de acuerdo a ley.