DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0085/2015

Fecha: 19-Mar-2015

La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público

Es importante recordar que el Estado Plurinacional con autonomías, se rige por el principio de autogobierno y por el principio de Unidad, de acuerdo a lo establecido en los arts. 1 y 270 de la CPE. En ese marco, el principio de Unidad, se constituye en un elemento fundamental del modelo de Estado, que se encuentra garantizado de manera expresa por el art. 7 de la CPE el cual señala que: “La soberanía reside en el pueblo boliviano, se ejerce de forma directa y delegada. De ella emanan, por delegación, las funciones y atribuciones de los órganos del poder público; es inalienable e imprescriptible”, razón por la cual de ninguna manera debe asociarse a la autonomía con la consecución de soberanía, pues el ejercicio del autogobierno a través de las competencias, funciones y atribuciones de las autonomías debe enmarcarse en el diseño institucional y administrativo del Estado pactado en la Norma Suprema, siendo este el marco constitucional para cualquier actuación de las ETA.

La calidad Plurinacional del Estado y la cualidad gubernativa reconocida a las ETA, se constituyen en nuevos elementos constitucionales que deben ser implementados con el cuidado y la responsabilidad suficiente de todos los actores involucrados, por lo que no puede olvidarse que la norma constitucional es el marco en el que deben desarrollarse ambos.