DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2015

Fecha: 23-Mar-2015

art. 145

El texto del artículo no ha sido modificado conforme se ha señalado en la DCP 0063/2014 de 10 de noviembre, que señaló: “El art. 145 que versa sobre políticas de transporte en su numeral 1, señala: 'El Gobierno Autónomo Municipal de Sucre debe: Planificar, diseñar, mantener y administrarlas vías urbanas y rurales, en coordinación con las organizaciones territoriales y funcionales', el cual es incompatible con la Constitución Política del Estado, porque la competencia establecida en el art. 302.I.7 de la citada norma constitucional, se refiere a caminos, sin utilizar la palabra vías, razón por la cual el articulado objeto de análisis al circunscribirse a desarrollar la competencia asignada, hace inaplicable el contenido de esta norma, dado a que el gobierno autónomo municipal carece de competencia alguna sobre vías” (las negrillas son agregadas); motivo por el cual, la incompatibilidad del mismo aún persiste, debiendo el estatuyente reformular el contenido.