DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2015

Fecha: 23-Mar-2015

“Representantes de los distritos indígena originario campesinos”

El epígrafe no ha sido modificado conforme la DCP 0063/2014 que señaló: “La frase “Representantes de los distritos indígena originario campesinos” es incompatible con la Constitución Política del Estado, en todo el Capítulo II sujeto a análisis, toda vez que, cuando un representante de los distritos indígena originario campesino ya fue electo por normas y procedimientos propios y ha sido acreditado ante el organismo electoral, deja de ser representante y adquiere la calidad de Concejal Municipal; donde la única diferencia, es la forma de elección; por lo que, tiene la misma denominación y atribuciones de autoridad electa; una interpretación en contrario, seria discriminatoria a lo establecido en el art. 11.II.3 de la CPE“; en tal sentido, la causal de incompatibilidad con la Ley Fundamental aún persiste, debiendo el estatuyente reformular el epígrafe de acuerdo a lo expresado.