DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0092/2015

Fecha: 23-Mar-2015

parágrafo I y II

El Texto del parágrafo I y II no han sido modificados conforme se ha observado en la DCP 0063/2014 de 10 de noviembre, que señaló: “El   art. 81 respecto de la designación de las Secretarias, Direcciones y Jefaturas Municipales, en su parágrafo I, señala: 'Las Secretarías, Direcciones y Jefaturas Municipales son de libre designación por la Alcaldesa o Alcalde, recaerán en profesionales con el perfil técnico adecuado a los objetivos de la unidad de forma pública y transparente, respetando la equidad y equivalencia de género', la cual es incompatible toda vez que, no se circunscribe al art. 233 de la CPE, que expresa: 'Son servidoras y servidores públicos las personas que desempeñan funciones públicas. Las servidoras y los servidores públicos forman parte de la carrera administrativa, excepto aquellas personas que desempeñen cargos electivos, las designadas y los designados, y quienes ejerzan funciones de libre nombramiento', en ese entendido, el nivel central del Estado ha desarrollado los conceptos contenidos en este articulado, en la ley correspondiente, motivo por el cual la Carta Orgánica Municipal debe circunscribirse a esos parámetros sin contravenir el artículo génesis de la Ley Fundamental.”; razón por la que, es incompatible con la Constitución Política del Estado, debiendo reformular el texto de acuerdo a los fundamentos señalados.