DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015
Fecha: 07-May-2015
63.2 y 3
El art. 63.2 y 3 regulaba sobre las incompatibilidades del ejercicio de la función pública, copiando de forma textual el numeral 1 del art. 239.1 de la Norma Suprema; sin embargo, en los numerales 2 y 3 procedían a distorsionar el texto que los hace incompatibles. En el numeral 2 señala: “La celebración de contratos administrativos o la obtención de otra clase de ventajas para sí o de terceros en perjuicio del Estado”, mientras el art. 239.2 de la CPE, dice: “La celebración de contratos administrativos o la obtención de otra clase de ventajas personales del Estado”. De la contrastación, se establece primero, que la Norma Básica incluye la frase: “…para sí o de terceros en perjuicio del Estado”, deformando la disposición suprema. Por otro lado, se observa también que en el numeral 1 de la Norma Básica, toma la previsión de incluir que la regulación se aplica al municipio de El Torno, mientras en el numeral 2, se infiere que la regulación es para el Estado en su totalidad, incluidos el nivel central y las autonomías.
- Eugenia López Mejía
- I.2. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- art. 9
- Observación
- I.
- art. 12
- art. 13
- numeral 6)
- art. 16.I
- numeral 41
- art. 16.II
- 1. Carta Orgánica Municipal.
- art. 18
- numeral 4,
- “Artículo 25. (PROCEDIMIENTO DE ELECCIÓN DE AUTORIDADES)
- “Procedimiento para la elección de autoridades”
- art. 26
- parágrafo I
- art. 29
- art. 30.I
- parágrafo II
- III.
- II.
- “12
- “34.
- numeral 34
- 35.
- numeral 36
- 25.
- Texto reformulado
- 2. Funcionarios designados:
- 3. Funcionarios de libre nombramiento:
- II. Otras personas
- I. Responsabilidad por la función pública
- 1. La responsabilidad es administrativa
- 2. La responsabilidad es ejecutiva,
- 62.I y II
- 63.2 y 3
- parágrafos II y III
- 3.
- art. 69.II y III
- V.
- VI.
- art. 76
- parágrafo III.5
- numeral 5
- parágrafo V
- parágrafo VI
- parágrafo VII
- IV.
- parágrafo IV
- art. 92.I.4
- “Artículo 95. (DESARROLLO URBANO).
- (DESARROLLO URBANO).
- “Artículo 98. (FAMILIA).
- art. 98
- 5.
- “Artículo 110. (LIMITACIONES AL DERECHO PROPIETARIO).
- 1. Restricciones Administrativas
- 2. Servidumbre Pública.
- (LIMITACIONES AL DERECHO PROPIETARIO).
- numeral 16
- “Artículo 118. (SEGURIDAD CIUDADANA).
- art. 125
- Gradualidad
- “(PATRIMONIO Y BIENES MUNICIPALES).
- numeral 1.5
- 144.I
- (SUJECIÓN AL MODELO ECONÓMICO).
- 1.-
- 2°
- Regístrese, notifíquese y publíquese en la Gaceta Constitucional Plurinacional.