DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0115/2015

Fecha: 07-May-2015

“Artículo 110. (LIMITACIONES AL DERECHO PROPIETARIO).

I. Dentro del área de su jurisdicción territorial, el Gobierno Municipal, para cumplir con los fines, competencias y atribuciones que le señala la Constitución Política del Estado y la ley, en el marco de las normas que rigen la otorgación de derechos de uso sobre recursos naturales, así como las urbanísticas y de uso de suelo, tiene la facultad de imponer las siguientes limitaciones al derecho propietario: