DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015

Fecha: 28-Jul-2015

1.

1.        Carta Orgánica Municipal: Es la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado.

1.        Decreto Municipal: Emitido por el Órgano Ejecutivo en Gabinete Municipal, con el objeto de reglamentar las leyes municipales en el ejercicio de las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Municipal y aquellas que les sean transferidas o delegadas; así como la reglamentación de las leyes nacionales emitidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional en el ejercicio de las competencias concurrentes entre el  Nivel Central del Estado y la Entidad Territorial Autónoma Municipal; la reglamentación de las leyes municipales de desarrollo en base a legislación básica emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional en el ejercicio de las competencias compartidas entre el nivel central y el Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín; y la aprobación de la estructura del Órgano Ejecutivo.

1.    Carta Orgánica Municipal: Es la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece las instituciones políticas, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos de la autonomía desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado.

1.    Decreto Municipal: Emitido por el Órgano Ejecutivo en Gabinete Municipal, con el objeto de reglamentar las leyes municipales en el ejercicio de las competencias exclusivas del Gobierno Autónomo Municipal y aquellas que les sean transferidas o delegadas; así como la reglamentación de las leyes nacionales emitidas por la Asamblea Legislativa Plurinacional en el ejercicio de las competencias concurrentes entre el  Nivel Central del Estado y la Entidad Territorial Autónoma Municipal; la reglamentación de las leyes municipales de desarrollo en base a legislación básica emitida por la Asamblea Legislativa Plurinacional en el ejercicio de las competencias compartidas entre el nivel central y el Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín; y la aprobación de la estructura del Órgano Ejecutivo.