DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015

Fecha: 28-Jul-2015

II.

II.   El presupuesto plurianual del Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín, le permitirá tener una mejor programación, asignación y distribución de sus recursos, en busca de objetivos y metas de mediano plazo. Su elaboración estará sujeta a las normas establecidas por Ley, Normas Básicas, Reglamentos Específicos y disposiciones municipales legales.

II.     Las naciones y pueblos indígena originario campesinos de los Distritos Municipales indígena originario campesinos elegirán a su(s) representante(s) al Concejo Municipal de acuerdo a sus normas y procedimientos propios de acuerdo a lo establecido en las Leyes Municipales en concordancia con las leyes nacionales en vigencia”.

II.   La transferencia se hará efectiva cuando la Entidad Autónoma emisora lo realice mediante Ley del Órgano Legislativo; y el Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín la ratifique por Ley Municipal sancionada por el Órgano Legislativo, previendo mecanismos de devolución” (las negrillas son añadidas).

II.     El presupuesto plurianual del Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín, le permitirá tener una mejor programación, asignación y distribución de sus recursos, en busca de objetivos y metas de mediano plazo. Su elaboración estará sujeta a las normas y reglamentos establecidos por Ley, Normas Básicas, Reglamentos Específicos y disposiciones municipales legales” (las negrillas son añadidas).

II.     El presupuesto plurianual del Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín, le permitirá tener una mejor programación, asignación y distribución de sus recursos, en busca de objetivos y metas de mediano plazo. Su elaboración estará sujeta a las normas establecidas por Ley, Normas Básicas, Reglamentos Específicos y disposiciones municipales legales”.