DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Artículo 59. (Áridos y agregados)

El Gobierno Autónomo Municipal de San Agustín, debe realizar la planificación y ejecución de políticas, que permitan el manejo, la conservación y cuidado de los áridos y agregados mediante Ley Municipal, respetando usos y costumbres comunales, conservación y manejo en su jurisdicción Municipal y en coordinación con las organizaciones sociales.