DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015

Fecha: 28-Jul-2015

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El texto del ahora art. 31 del nombrado proyecto, fue reformulado por el estatuyente de la ETA de San Agustín; sin embargo, si bien los numerales 2, 3, 4 y 5, no presentan cargo de incompatibilidad, no ocurre lo mismo con el numeral 1, mismo que trata de uno de los requisitos para acceder a la función pública, el cual está determinado en el art. 234.4 de la Ley Fundamental para tal efecto, y no así para la perdida de mandato; en ese sentido, el art. 157 de la CPE, establece causales de ésta para los Asambleístas Plurinacionales; aspectos de la normativa constitucional que como referente normativo debieron observarse; en ese entender, corresponde declarar la incompatibilidad del num. 1 del ahora art. 31 del proyecto de COM de San Agustín.