DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015

Fecha: 28-Jul-2015

(Nivel Central de la gestión del Sistema Educativo Plurinacional)

En el marco de la competencia concurrente establecida por la Norma Suprema, el nivel central del Estado emitió la Ley de la Educación “Avelino Siñani-Elizardo Pérez” -Ley 70 de 20 de diciembre de 2010-, misma que en su art. 77, para el nivel central del Estado, establece lo siguiente: “(Nivel Central de la gestión del Sistema Educativo Plurinacional). Conformado por las siguientes instancias: 1. Ministerio de Educación y sus Viceministerios, como máxima autoridad educativa, responsable de las Políticas y Estrategias educativas del Estado Plurinacional y de las políticas de administración y gestión educativa y curricular. 2. Entidades Desconcentradas, de directa dependencia del Ministerio de Educación” (las negrillas son nuestras).

Si bien en el marco de la participación en la gestión de la curricula regionalizada como competencia concurrente (art. 70.III de la Ley de la Educación “Avelino Siñani-Elizardo Pérez” [LEd]), las ETA pudieran desarrollar reglamentación, éstas no pueden intervenir de manera directa como se pretende en la última parte de la disposición que se analiza, aspecto que constituye una invasión a la competencia del nivel central del Estado.