DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0150/2015

Fecha: 28-Jul-2015

Regular las tarifas de transporte en su área de jurisdicción, en el marco de las normas, políticas y parámetros fijados por el nivel central del Estado.

La disposición que se analiza, debe ser readecuada de acuerdo a la competencia exclusiva del nivel municipal; vale decir, es la ETA de San Agustín, quien tiene plena competencia para legislar o reglamentar tanto el servicio como las tarifas, sobre el transporte dentro su jurisdicción, y no puede condicionar aspectos de su plena responsabilidad a la coordinación con el nivel departamental, los mismos que en materia de transporte tienen asignada su competencia exclusiva.