DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0151/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0151/2015

Fecha: 28-Jul-2015

estableciendo el cumplimiento de la normativa vigente en el marco establecido en la Carta Orgánica y disposiciones emanadas por el órgano fiscalizador

Por su parte, el art. 213 de la CPE, enfatiza que: “I. La Contraloría General del Estado es la institución técnica que ejerce la función de control de la administración de las entidades públicas y de aquéllas en las que el Estado tenga participación o interés económico. La Contraloría está facultada para determinar indicios de responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal; tiene autonomía funcional, financiera, administrativa y organizativa. II. Su organización, funcionamiento y atribuciones, que deben estar fundados en los principios de legalidad, transparencia, eficacia, eficiencia, economía, equidad, oportunidad y objetividad, se determinarán por la ley”.

Siendo que la CGE, tiene autonomía funcional, financiera, administrativa y organizativa la frase: “estableciendo el cumplimiento de la normativa vigente en el marco establecido en la Carta Orgánica y disposiciones emanadas por el órgano fiscalizador” del proyecto de la Carta Orgánica Municipal de San Ramón en análisis, es incompatible con la Constitución Política del Estado.