DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0151/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL Plurinacional 0151/2015

Fecha: 28-Jul-2015

III.9.3.   Título III Gobierno Municipal

El Título III contiene cinco capítulos y cuarenta artículos, cuyo texto se refiere a la naturaleza del Gobierno Municipal, Concejo Municipal, atribuciones del Concejo y Directiva, sesiones, responsabilidades de los concejales y concejalas, procedimiento legislativo, Órgano Ejecutivo, atribuciones y funciones de la Alcaldesa o Alcalde, Sub alcaldes y sus atribuciones, entidades descentralizadas y competencias del Gobierno Municipal.

En el marco de lo establecido en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Declaración Constitucional Plurinacional,  referente a la Autonomía Municipal y el Fundamento Jurídico III.4.1 de esta Declaración, relativo al ejercicio competencial, recordamos que el Gobierno Autónomo Municipal, está conformado por dos órganos: Un Órgano Legislativo (Concejo Municipal) y un Órgano Ejecutivo presidido por un Alcalde, los cuales tienen asignados constitucionalmente cinco facultades de gobierno: deliberativa, legislativa, fiscalizadora, reglamentaria y ejecutiva.

En ese entendido, recordemos que el ejercicio de competencias se hace efectivo en el marco del ejercicio de las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, respecto de las cuales el proyecto de Carta Orgánica pretende establecer en el Título IV, las características y atribuciones de los órganos del gobierno autónomo, en el ámbito de sus facultades y competencias.