Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0170/2016 de 16 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0170/2016 de 16 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 16-Dic-2016

2)

2) A la Salud, tanto en su dimensión preventiva como prestacional. El Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz, directamente o en coordinación con otros niveles de gobierno situados en su ámbito territorial, elaborará y ejecutará programas sobre hábitos saludables, deporte, alimentación y otras prácticas y medidas orientadas a mejorar la salud de la ciudadanía y prevenir la enfermedad. Asimismo, velará por el buen funcionamiento de los servicios de salud y garantizará la igualdad de todos y todas en el acceso a los mismos. Para la mejor prestación y coordinación de estos servicios el nivel central del Estado, podrá delegar o transferir al Gobierno Autónomo Departamental de Santa Cruz las facultades reglamentarias y de ejecución en materia de políticas del sistema de salud”.