Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0170/2016 de 16 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, expresan su voto disidente con la DCP 0170/2016 de 16 de diciembre, en base a los siguientes argumentos jurídicos constitucionales:

Fecha: 16-Dic-2016

e)

La DCP 0170/2016 declara la incompatibilidad de los preceptos analizados entendiendo que la Ley General de Transporte atribuye solamente al nivel central del Estado los parámetros técnicos y normativos sobre pesos y medidas; sin embargo, de acuerdo al           art. 60.3 inc. e) de la misma Ley, se estableció que como medio de seguridad, los distintos niveles de gobierno deben realizar el control de pesos y dimensiones máximas de las unidades de transporte autorizados; en consecuencia, los art. 87.II y 89.II del proyecto de COM en análisis se adecuaban a esta Ley sectorial, por lo que correspondía declarar su compatibilidad.