DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017

Fecha: 02-Oct-2017

“Artículo 109. Explotación de áridos y agregados

I. En el marco del cumplimiento de las normas de manejo integral de cuencas o ríos, el Gobierno Autónomo Municipal, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, cuando corresponda, podrá realizar la explotación de los áridos y agregados de la jurisdicción territorial del Municipio. De acuerdo a ley y reglamentación municipal, generara políticas para su extracción de manera directa o a través de emprendimientos comunitarios, garantizando la transparencia en la administración de tales procesos de explotación.