DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0084/2017

Fecha: 02-Oct-2017

Artículo 51. Participación y control social municipal

I. El Gobierno Autónomo Municipal establecerá los espacios de participación y control social necesarios para garantizar el acceso y ejercicio del mismo por parte de la sociedad civil organizada y ciudadanía. La cobertura de la difusión y comunicación de las convocatorias a los espacios de participación y control social será general, con comunicación directa a la sociedad civil organizada del municipio. 

III. Ambos órganos del Gobierno Autónomo Municipal garantizarán la apertura institucional a la información pública, así como la publicación de la misma mediante los medios y canales más accesibles, debiendo realizar además cada órgano de gobierno, sus rendiciones públicas de cuentas al menos dos veces al año, de modo de garantizar el ejercicio del control social a la gestión municipal por parte de la sociedad civil”.